Carta de Compromiso con los usuarios:
¿Quiénes son nuestros usuarios?
¿Qué servicios prestamos con atención personalizada?
¿Qué derechos queremos garantizar?
Nuestro objetivo es garantizar democráticamente el uso de los recursos disponibles y fomentar el crecimiento profesional, personal y espiritual de niños, jóvenes y adultos que nos visitan a diario. Para ello, los usuarios tienen los siguientes derechos:
¿Cuál es el compromiso del usuario?
Servicio de lectura en Sala:
Art. 1º- La Biblioteca Provincial Pedagógica “Eudoro Díaz” es pública y tendrán acceso a sus salas de lectura cuantas personas quieran consultar su material bibliográfico, siempre que respeten las condiciones establecidas en el presente reglamento.-
Art. 2º- El horario de funcionamiento de la biblioteca es: de LUNES A VIERNES de 8 a 19:45 hs.
Art. 3º- Todo lector deberá presentar su documento de identidad cuando el personal de la biblioteca se lo requiera.
Art. 4º- Quince minutos antes de la hora del cierre, no se atenderán más pedidos de los lectores en sala, ni préstamos, renovaciones, devoluciones, etc.-
Art. 5º- Todo lector que ingrese a las salas de lectura deberá respetar las normas que regulan el funcionamiento de las mismas.
Art. 6º- El lector que abandone circunstancialmente las salas de lectura entregará al bibliotecario el material de las estanterías cerradas que esté utilizando.-
Art. 7º- Los libros que se retiran de las estanterías abiertas, deben dejarse sobre las mesas o entregarse a los bibliotecarios, no volverse a guardar.
Art. 8°- El lector podrá solicitar hasta 3 obras a la vez.-
Servicio de préstamo de libros a domicilio:
Art. 9º- Podrá beneficiarse con este servicio, toda persona que se asocie al Registro de lectores a domicilio
Art. 10º- Todo lector podrá tener un total de 3 libros en su poder.-
Art. 11º- La Biblioteca también prestará a domicilio el siguiente material: CD – DVD. El préstamo de este material es independiente respecto de los libros, pudiendo retirar 2 títulos como máximo y por el plazo establecido en el documento.
Art. 12º- Todo lector deberá efectuar personalmente los pedidos de préstamo a domicilio.-
Art. 13º- Los préstamos, de no mediar reserva, podrán ser renovados.
Art. 14º- El lector que haya realizado una devolución, antes de retirarse deberá cerciorarse de que se haya dado la baja en la base de datos.-
Art. 15º-Todo lector que deteriore o extravíe algún material en préstamo deberá reponerlo. En los casos en que el material no se pueda ubicar en plaza, la Dirección determinará al respecto.-
Art. 16º- La Biblioteca reclamará los préstamos en mora por teléfono, por correo electrónico, en el domicilio del usuario o en el lugar donde desempeña su actividad.-
Art. 17º- El lector que no devuelva en término el material de la biblioteca, perderá su derecho a obtener nuevos préstamos.-
Sanciones por incumplimiento:
Art. 18º- a) – A la primera falta, el lector será advertido en su perfil de socio.
b) – A la segunda transgresión, se lo suspenderá el día de la entrega y se le advertirá por segunda vez en su perfil de socio.
c) – A la tercera advertencia, se lo suspenderá de acuerdo a la mora en que haya incurrido.-
Art. 23º- Sanciones:
Por retraso en la devolución, pérdida o deterioro.
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Servicio de Préstamo de Libros Objeto: Art. 24º- Requisitos para el préstamo:
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Art. 25º- Condiciones de uso
Servicio de Préstamo de alargues, prolongadores, auriculares:
Art. 26º- Requisitos para el préstamo
Disposiciones finales
Art. 27º- La Dirección de la Biblioteca está facultada a negar la prestación de los servicios bibliotecarios a aquellas personas que, a su juicio, puedan constituir un obstáculo para el normal funcionamiento de la institución.-
Art. 28º- Toda queja del lector con respecto a la atención deberá ser dirigida a la Dirección, debidamente fundamentada y por escrito.